Leyes · RD 725/1989

Caja fija

Real Decreto 725/1989, sobre anticipos de caja fija

Qué regula

Caja fija en dos minutos

Este reglamento regula el sistema de anticipos de caja fija: fondos que se ponen a disposición de las habilitaciones y cajas pagadoras para atender gastos periódicos o repetitivos de pequeña cuantía sin seguir todo el trámite ordinario de ejecución del gasto.

Estructura

Cómo se organiza

  • Disposiciones generales: qué es un anticipo de caja fija y para qué se usa
  • Constitución y cuantía de los fondos
  • Gestión y disposición de los fondos
  • Justificación y reposición del anticipo
Lo que más cae

Puntos clave para el examen

Un avance: el contenido completo, con la cita literal del artículo, está en la app.

  • Los anticipos de caja fija sirven para atender gastos periódicos o repetitivos, de carácter no inversor, de pequeña cuantía.
  • Se constituyen a favor de las habilitaciones o cajas pagadoras y no tienen la consideración de anticipos de tesorería.
  • La reposición de fondos se solicita cuando el gasto acumulado justificado lo requiere, sin necesidad de agotar la totalidad del anticipo.
  • La cuantía máxima de cada gasto individual atendible por caja fija está limitada reglamentariamente.
  • Los fondos deben justificarse documentalmente y quedan sujetos al control de la Intervención.
En qué oposiciones aparece

Dónde se estudia esta ley

Todavía no la hemos vinculado a ninguna oposición publicada.

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