Leyes · Resolución de 13-05-2019 de la Dirección General de Trabajo

Convenio Único AGE

IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado

Qué regula

Convenio Único AGE en dos minutos

El Convenio Único regula las condiciones de trabajo del personal laboral (no funcionario) de la AGE: ámbito de aplicación, clasificación profesional, jornada, retribuciones, permisos y régimen disciplinario propio de este colectivo.

Estructura

Cómo se organiza

  • Ámbito de aplicación personal y funcional
  • Clasificación profesional del personal laboral
  • Jornada, horario, vacaciones y permisos
  • Régimen retributivo
  • Régimen disciplinario
Lo que más cae

Puntos clave para el examen

Un avance: el contenido completo, con la cita literal del artículo, está en la app.

  • El Convenio Único se aplica al personal laboral de la AGE y sus organismos públicos, distinto del personal funcionario que rige el EBEP.
  • La clasificación profesional organiza al personal laboral en grupos y categorías profesionales, con sus funciones asociadas.
  • Regula de forma específica la jornada laboral, el calendario y el régimen de vacaciones y permisos del personal laboral.
  • Establece un régimen disciplinario propio, distinto (aunque parecido en su estructura) al del EBEP para los funcionarios.
En qué oposiciones aparece

Dónde se estudia esta ley

Todavía no la hemos vinculado a ninguna oposición publicada.

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